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RENOVACIÓN DE TARJETAS DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO La renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo debe solicitarse dentro de los 60 días anteriores a la fecha de vencimiento de la autorización.
La primera y segunda renovación se concederá por 2
años (permite cualquier actividad en todo el territorio
nacional). En la siguiente renovación se concede la residencia
permanente con una vigencia de cinco años. La presentación de la solicitud de renovación, amplía su validez hasta la resolución de la concesión. Renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Documentación requerida: La documentación deberá presentarse junto al impreso de solicitud MODELO OFICIAL EX01: En todo caso: fotocopia del NIE y del pasaporte en vigor. 1. Si se continúa con la relación que dio origen a la autorización:
2. Si no se continúa con
la relación que dio origen a la autorización, y se
acredita actividad al menos de 6 meses por año:
3. Si no se continúa con
la relación que dio origen a la autorización, y se
acredita actividad de al menos 3 meses por año:
4. Si es beneficiario de
prestación contributiva por desempleo, o de una
prestación económica asistencial de carácter
público: En su caso, y si es necesario acreditar un cambio de domicilio, deberá aportarse empadronamiento actualizado. Al presentar la documentación deberá aportarse justificante de pago de las tasas correspondientes.
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN La solicitud de renovaciones (ya sean por cuenta ajena, cuenta propia, modificación de sector de actividad, modificación de ámbito territorial, compatibilidad cuenta ajena/propia, modificación cuenta ajena/propia) se presentarán en cualquier registro público, por el trabajador personalmente o a través de representación. |
| berlialegal c/ Mallorca, 245, 2º 2ª 08008 Barcelona Tel. 93.272.30.29 Fax 93.215.60.92 info@barcelonaextranjeria.com |
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