REQUISITOS
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales.
- No tener prohibida la entrada en España
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España en caso de retorno voluntario.
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Las ausencias de España durante este período no pueden superar los 90 días.
- Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
DOCUMENTACIÓN
- Impreso de solicitud en modelo oficial.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años.
- Certificado de antecedentes penales.
- Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laboralesque podrá ser:
o
- Resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
Otros supuestos de arraigo:
- Asilo y excepcionales por razones humanitarias
- Renovación y modificación de autorización