- Información sobre la autorización inicial y quienes pueden ser reagrupados
- ¿EN QUÉ CASOS PODRÁ REAGRUPARSE A FAMILIARES?
- Supuestos de reagrupación para HIJOS MENORES:
Autorización del hijo menor nacido en
España
Autorización de residencia que adquieren los hijos de extranjeros residentes legales, nacidos en España.
Los hijos nacidos en España de padre o madre reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección internacional podrán optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección y una autorización de residencia, según el mayor beneficio del menor.
Autorización del hijo menor NO nacido en España
Familiares de investigadores, tarjeta azul-UE y residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro
Autorización de residencia que se podrá conceder a los familiares de los titulares de tarjeta azul-UE y los residentes de larga duración-UE, cuando tengan reconocida tal condición en otro Estado miembro de la Unión Europea, y siempre que la familia ya estuviera constituida en ese Estado.
Renovación de residencias por reagrupación familiar
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