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Arraigo social en España

El arraigo social es una de las modalidades de arraigo previstas en la normativa de extranjería para personas extranjeras que se encuentran en España sin autorización de residencia y pueden acreditar una permanencia continuada en el territorio, así como un grado suficiente de integración social.

No se trata de un procedimiento automático, ni aplicable a todos los supuestos. Su concesión depende del cumplimiento estricto de los requisitos legales y del criterio aplicado por la Oficina de Extranjería competente en cada caso.

Por este motivo, resulta fundamental analizar previamente si la situación personal del solicitante encaja realmente en esta vía de regularización.

¿Qué es el arraigo social y cuándo se aplica?
El arraigo social es permiso que va a permitir regularizar tu situación, tanto si ya tuviste un permiso en España, como si nunca has tenido una residencia. Se concede a aquellas personas que están en España y tengas vínculos familiares o estén integrados socialmente. 

Te permitirá trabajar y residir en España durante un año, después del cual podrás renovar tu residencia. Recuerda que debes cumplir los requisitos durante la vigencia de tu tarjeta y renovar el arraigo social en los dos meses antes de la finalización de la vigencia de tu tarjeta, pero también podrás presentarlo tres meses tras la caducidad (aunque podrían imponerte una multa por presentar fuera del plazo legal).

Requisitos para solicitar un arraigo social
1. Ser ciudadano de países que no pertenezcan a la Unión Europea, debes ser ciudadano extracomunitario.

2. Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores. 

3. Hallarse irregular en España.

4. Haber permanecido en España durante al menos dos años consecutivos. No puedes haberte ausentado de España por más de 90 días durante estos dos años. Es importante que te empadrones, pero podrás justificar tu permanencia con otros documentos.

5. No tener la condición de solicitante de asilo o de protección internacional en el momento de la solicitud o durante la tramitación. El tiempo que hayas permanecido en España como solicitante de asilo no será tenido en cuenta para alcanzar los dos años en el país.

6. No tener prohibida la entrada en España.

7. No encontrarse en el plazo de compromiso de no retorno si retornaste voluntariamente a tu país.

8. Tener vínculos familiares en España o disponer de un informe de integración social.


Arraigo social con familiares en España
Podrás solicitar arraigo social cuando tengas vínculos con residentes legales en España que dispongan de medios económicos suficientes.


Estos vínculos deberán ser uno de los siguientes:
  • Cónyuge o pareja registrada
  • Hijos
  • Padres
No se exige dependencia económica de tus familiares, ni estar a su cargo. Sin embargo, tus familiares sí deberán tener medios económicos propios suficientes que supongan el 200% del IPREM. Estos medios económicos podrán provenir de un contrato de trabajo, de ahorros o de una combinación de ambos. 


Arraigo social por actividad por cuenta propia
Podrás solicitar arraigo social creando tu propia empresa y trabajando como autónomo. 

Deberás:

  • Elaborar un plan de empresa
  • Acreditar los medios económicos tanto para realizar la inversión y poner en marcha el proyecto
  • Tener medios suficientes para vivir en España (equivalentes al 100% del IPREM)
  • Cumplir los requisitos para abrir un negocio en España y acreditar la cualificación profesional o experiencia necesarias.



Arraigo social con medios propios
En caso de que no tengas familiares en España, podrás acceder al arraigo social si acreditas que tienes recursos económicos propios. 

En este caso, deberás realizar un informe de esfuerzo de integración o de inserción social.

Documentación para el arraigo social
Los documentos que debes recopilar para solicitar un arraigo social son:

  1. Impreso de solicitud EX-10.
  2. Copia completa del pasaporte.
  3. Certificado de antecedentes penales de los países en los que hayas permanecido durante los últimos 5 años.
  4. Documentación acreditativa de tu permencia en España durante dos años: el empadronamiento es un documento esencial, pero podrás justificar tu permanencia en el país con otros documentos: citas médicas, hospitalizaciones, citas ante el Ayuntamiento, envíos de dinero, facturas...).
  5. Documentación que acredite los vínculos familiares, o bien informe de inserción o integración social. 
  6. Documentación que acredite los medios de vida (de tus familiares o tuyos)
Recuerda que la documentación extranjera deberá estar debidamente apostillada o legalizada y, en su caso, traducida por traductor jurado.
FAQ'S - PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cuándo puedo presentar el arraigo social?
Podrás presentar el arraigo social cuando lleves dos años de permanecia en España. Ten en cuenta que el tiempo que pases como solicitante de asilo no computará para estos dos años. Presentarlo antes de tiempo es causa de denegación.

¿Podré trabajar si me conceden el arraigo social?
Sí, el permiso de residencia por arraigo social lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, durante toda la vigencia de la misma. 

¿El arraigo social es lo mismo que el arraigo sociolaboral?
No. Son modalidades distintas, con requisitos y criterios específicos. El arraigo social se basa en la integración y en la permanencia en España.

¿Es obligatorio el informe de inserción en el arraigo social?
En algunos casos. No será necesario cuando puedas acreditar vínculos familiares con residentes legales en España.

¿Qué ocurre si me deniegan el arraigo social?
La denegación debe revisarse para analizar si corresponde un recurso (administrativo o judicial) en función de la causa de denegación y de la documentación el expediente. En ocasiones, será mejor ajustar la solicitud y hacer una nueva presentación. 

¿Qué ocurre tras la concesión?
Tienes un plazo de un mes para hacer el trámite de toma de huellas y obtener tu tarjeta física. Deberás acudir con el formulario oficial, la tasa y su justificante de pago, tres fotografías y, si fuera necesario, acreditanto el alta en la Seguridad Social.


El arraigo social es una vía excepcional de regularización en España
El arraigo social es una vía excepcional de regularización en España
Está dirigido a personas extranjeras en situación irregular con permanencia continuada
Está dirigido a personas extranjeras en situación irregular con permanencia continuada
Requiere acreditar integración social mediante informe municipal u vínculos familiares
Requiere acreditar integración social mediante informe municipal u vínculos familiares
La documentación y el encaje jurídico del caso son determinantes para la concesión
La documentación y el encaje jurídico del caso son determinantes para la concesión
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